El alcalde de Vilaboa, César Poza, en su despacho.

El Concello de Vilaboa ha dado un paso decisivo para intentar poner fin a una situación que afecta desde hace años a cientos de familias del municipio. El Gobierno local ha presentado ante la Consellería de Medio Ambiente e Cambio Climático, el Servizo Provincial de Costas de Pontevedra y la Subdelegación del Gobierno la documentación necesaria para solicitar la rectificación del deslinde del dominio público marítimo-terrestre aprobado en 1997. El objetivo es que la delimitación se adapte a las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal vigentes en 1988, seis meses antes de la entrada en vigor de la actual Ley de Costas.

La solicitud municipal se sustenta en un informe urbanístico elaborado por el arquitecto municipal, que acredita que los núcleos de Paredes, Larache, O Muíño, Riomaior, Curra y Uveiras ya contaban en 1988 con los servicios mínimos exigidos por la normativa estatal y autonómica para ser considerados suelo urbano o asimilado. La delimitación realizada posteriormente habría provocado que 262 viviendas construidas con licencia municipal quedasen incluidas dentro de la servidumbre de protección, generando inseguridad jurídica, órdenes de demolición y un potencial riesgo de responsabilidad patrimonial para el propio Concello.

Del total de viviendas afectadas, 169 fueron construidas antes de la entrada en vigor de la Ley de Costas y otras 93 con posterioridad, aunque todas ellas lo hicieron al amparo de un planeamiento municipal que se encontraba plenamente vigente en el momento de su construcción. El informe técnico municipal sostiene que los núcleos disponían ya entonces de acceso rodado, suministro eléctrico, sistemas de evacuación de aguas residuales, mediante redes colectivas o fosas sépticas, y abastecimiento de agua, bien a través de redes comunales o mediante captaciones individuales.

La documentación incorpora además fotografías aéreas correspondientes al Vuelo de Costas de 1989, que, según el Concello, permiten constatar la consolidación territorial de estos asentamientos antes de la aprobación del deslinde. Las imágenes muestran núcleos integrados en el tejido municipal y comunicados mediante vías rodadas e incluso carreteras de titularidad estatal, reforzando la tesis de que la realidad urbanística existente en aquel momento no habría sido correctamente reflejada en la delimitación posterior.

La petición de Vilaboa se apoya asimismo en el artículo 44.5 del Real Decreto 876/2014, que contempla la posibilidad de modificar la servidumbre cuando se detecten errores o circunstancias que no hubieran sido valoradas durante la tramitación del deslinde.

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